viernes, 21 de febrero de 2025

EL DERECHO INCA (Comentario)

 

La principal conclusión teórica del presente libro (Lima, 2016) es que existió el Derecho Inca, el cual se basó en el derecho consuetudinario, pero lo superó. El ayllu lo inspiró. La principal conclusión práctica es refutar la visión eurocéntrica que hace depender la existencia del Derecho de la escritura.
Por ello, el libro se basa en la etnología jurídica y sociología de leyes. Es una conjunción de historia y derecho.
En el incario hubo sistema jurídico más allá de las sentencias morales y normas de conducta. El derecho inca posibilitó el florecimiento del imperio.

No obstante, hay en Rotondo cierto punto de partida estatalista cuestionable en el origen del derecho. Pues, lo comunal y tribal sin tener organización estatal posee su sistema de normas jurídicas regulada por los ancianos.

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