domingo, 29 de junio de 2014

FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS

EL HUMANISMO TEOLÓGICO DE BARTOLOMÉ
 DE LAS CASAS
Y LA NEOESCOLÁSTICA BARROCA
Gustavo Flores Quelopana
Sociedad Peruana de Filosofía
 

En 1550-51, en Valladolid, España, tiene lugar el debate entre Bartolomé de las Casas y Ginés de Sepúlveda a instancias del emperador Carlos V (1500-1558).

En realidad, la prudente política respecto a los problemas de los abusos en América comienza con el gobierno de la Regencia a manos del arzobispo de Toledo, Francisco Jiménez de Cisneros, iniciada en 1516 a la muerte del rey Fernando. Cisneros influido por la prédica humanista de Las Casas reformó la Iglesia española, fundó la Universidad de Alcalá de Henares (1508) e hizo imprimir la Biblia políglota (1517).

Por lo cual, el impacto de América sobre España no sólo fue en lo económico y cultural, sino también en lo teológico y filosófico. España operó como un espejo de refracción y difundió culturalmente América y en Europa dos cosas:
·      el cristianismo y el “humanismo teológico” en América,
·      e hizo que América difundiera el “humanismo utópico” en Europa a través de España.
Las utopías del Renacimiento de Tomás Moro (1477-1537), Tommaso Campanella (1568-1639) y Francis Bacon (1561-1626), fueron influidas por las formas de comunismo primitivo que se practicaban en el recién descubierto Nuevo Continente. Después de Platón y san Agustín la utopía se reaviva por el impacto de la realidad indígena americana, quedando en el imaginario social como la sociedad ideal y modelo de la libertad concreta. Otra cosa era la realidad de la utopía incaica. La base económica y la religión animista se encargaban de asegurar el control espiritual del indio, el cual no sentía la necesidad de una libertad personal e individual. Sin desempleo ni hambruna al hombre andino, además del trabajo, sólo le quedaba un tiempo libre para dedicarlo al descanso inerte o a las fiestas comunales con gran afición a la chicha fermentada.

La utopía incaica era un sistema basado no en el control de la tierra sino de la energía humana o el trabajo. El comunitarismo utópico incaico dio abundancia material pero no libertad personal. El runakuna o persona humana del pueblo se convirtió en un medio para la teocracia estatal y no en un fin en sí mismo. Con los españoles se quebró la utopía material incaica, aunque los curacas quisieron recuperar sin éxito sus otroras privilegios del servilismo precolombino.

Por ello, tal debate es fundacional no porque se reconociese la racionalidad y humanidad del indio, sino porque sembró la idea más general de un humanismo sustancial, según el cual todos los hombres son iguales, son personas, por lo tanto libres y con derechos inviolables que fundamentan la dignidad humana. Dignidad que el hombre lo recibe del amor de Dios. Las diferencias culturales e individuales son accidentales, en el fondo todos los hombres comparten la misma sustancia humana y divina.
Esta idea va a causar una gran incomodidad moral a la  Corona española. No es necesario asumir anti-hispanismo alguno para reconocer serenamente que lo que los peninsulares llaman “la más extraordinaria epopeya de la historia humana”, la conquista de América, realizada en menos de veinte años (1519, Cortés en México; 1536, Pizarro en Perú), fue en realidad uno de los más grandes latrocinios y crímenes de la historia moderna[1].

Sepúlveda junto con Juan Páez de Castro (†1570), Gaspar Cardillo de Villalpando (†1581), Pedro Martínez, Pedro Simón Abril (†1589) y Fr. Francisco Ruíz, componen el grupo de exégetas aristotélicos independientes más maduro del renacimiento español no escolástico, formados en la universidad de Alcalá, y dedicados a reeditar el aristotelismo, remozado y contrastado con las fuentes directas. Lideran el redescubrimiento del Aristóteles puro y libre de alejandrinismos y averroísmos.

 Juan Ginés de Sepúlveda (1490-1573), natural de Córdova, estudia en Alcalá, tiene su principal mérito filosófico en las traducciones y comentarios de Aristóteles, debidamente glosadas y escrupulosamente cotejadas con los códices griegos. Por su labor de traductor científico es un humanista altamente apreciado por Erasmo. Escribe con la galanura y rotundidad del estilo italiano. En Italia compone crónicas del emperador Carlos V y de Felipe II. En su escrito apologético De fato et libero arbitrio, defiende con precisión el concepto de libertad ante el fatalismo estoico y las desviaciones luteranas, distinguiendo entre la acción espontánea de los animales y la acción propiamente libres de los seres racionales. Más controvertible fue su actitud doctrinal sobre la guerra. En su diálogo filosófico Democrates, que es una trilogía militar, comienza con la exposición ético-humanista de las virtudes militares y concluye dejando asentada la “licitud de las guerras”, contra los turcos, protestantes y contra los indios americanos. En esta tercera parte, el Democrates alter, que no pasó la censura de Salamanca y Alcalá, ni pudo publicarse, se enzarzó en la controversia con Las Casas. Sepúlveda señala como causas justas de guerra contra los indios señala:
1° suprimir la incultura y la barbarie,
2° desterrar la antropofagia y la idolatría,
3° librar inocentes inmolados en los sacrificios humanos,
4° proteger la libre predicación del evangelio, y
5° la potestad del papa.
A lo largo del siglo dieciséis y con la riqueza proveniente de América, España comienza a ser considerada como una potencia en la política europea. En 1568 el virrey de México hunde tres naves corsarias, lo que tensa las relaciones con la casa Tudor de Inglaterra, a pesar de estar emparentada con la casa de Castilla por el matrimonio de Catalina de Aragón, hija de los Reyes Católicos, y Enrique VIII, quien a raíz de la negativa del Papa de anular su matrimonio con Catalina de Aragón, rompe con la iglesia de Roma y hace que su Parlamento lo nombre jefe de la iglesia inglesa anglicana por medio del acta de supremacía en 1534. Además, la llegada de Carlos V de Habsburgo al trono de España avinagró la relaciones y tensó las rivalidades con Francia, la cual se vio rodeada por los dominios de España, Alemania, los Países Bajos, Holanda, Bélgica y el Franco Condado por el este. La Francia con Francisco I no se equivocó, Carlos V entró en guerra por la posesión del Milanesado, Flandes, Borgoña, Artois y Nápoles, que reclamaba como herencia familiar. Felipe II (1527-1598), hombre laborioso de recia personalidad, intensa religiosidad y que vivió gran parte de su reinado en el palacio-convento de El Escorial, cercano a Madrid, continuó por motivos religiosos las guerras en sus dominios de los Países Bajos y en la propia España, invade Portugal, une a sus dominios americanos los portugueses de Asia y África, fortalece el nexo entre América y la península, los virreinatos americanos se consolidan económica y políticamente, y se inicia la etapa de mayor poder de la monarquía española.

Pero el gran tema candente de la España conquistadora era sobre las causas de la guerra justa contra los indios americanos. En este debate clave para las ideas humanistas cobran importancia las nociones básicas de santo Tomás en torno al derecho de gentes (Iglesia superior al Estado, el Estado tiene fines terrenos y supraterrenos, y el derecho de gentes se basa en el orden de razón) fueron reasumidas y desarrolladas por Vitoria, Suárez, y ulteriormente por Grocio. Todos los cuales tuvieron un antecesor importante en el escotismo de Marsilio de Padua (1275-80/1342), quien afirma que el poder legislativo pertenece al pueblo y es uno de los precursores de la noción de la soberanía popular.

El dominico Francisco de Vitoria (†1546), formado en la universidad de Salamanca, cabeza de la neoescolástica española, crea un movimiento teológico humanista. Basado en la Summa Theologica de santo Tomás, rechazará aquellas causas erigidas por Sepúlveda como justificantes de la guerra contra los indios. Vitoria es el primero que pone la ciencia cristiana y humana para formular los derechos humanos de los indios y limitar las causas justas para hacerles la guerra. Ni el emperador, ni el papa, ni la resistencia de los indios a abrazar la fe, ni sus crímenes, ni una supuesta entrega de su soberanía a los españoles son causas justas. La única causa lícita es repeler o castigar la injuria. Otro salmantino, Domingo de Soto (†1560), exégeta tomista sobre el tema de la justicia, gran clásico del derecho, y en la misma línea de Vitoria, sostendrá que tanto la justicia civil como eclesiástica vienen de Dios.

 Otro destacado dominico, el padre Bartolomé de Carranza (1503-1576), hombre de gran caridad, presente junto a Vitoria en la Junta de Valladolid que intentaba resolver la polémica de los naturales o de los justos títulos, en su Tratado sobre la virtud de la justicia (1540) se opondrá también al imperialismo de Sepúlveda proponiendo un protectorado político temporal, de dieciséis o dieciocho años, para dejar aquellos pueblos adoctrinados en su primera libertad. Carranza pagaría caro por el atrevimiento de sus ideas. Este santo varón, que solía gastar ingentes sumas de su arzobispado para ayudar a redimir cautivos, casar huérfanas, sustentar viudas desamparadas, sacar presos de las cárceles y sustentar estudios universitarios a los pobres, fue encarcelado por la Inquisición de Valladolid desde 1559 alegando que su nombre fue frecuentemente invocado por los luteranizados,  y su causa largamente demorada para que Felipe II siguiera cobrando las pingües ganancias del arzobispado. En 1567 fue a parar a la cárcel del Castillo de Sant´Angelo. Se le absuelve en 1576 poco antes de morir.

No obstante, en la denuncia de las monstruosas crueldades y atrocidades de los colonos también está en el Perú fray Domingo de Santo Tomás y fray Tomás de San Martín; pero destaca sobre muchos otros la figura de fray Bartolomé de las Casas. Ya antes de su actuación otros frailes dominicos habían avisado los abusos cometidos por los españoles, lo que lleva al hispanista norteamericano Lewis Hanke a subrayar sobre la franca “lucha española por la justicia en la conquista de América”; cuando más exacto era decir: lucha de los religiosos españoles por la justicia en la conquista de América. Efectivamente, en 1511 el fraile dominico Antonio de Montesinos predica un sermón lleno de santa indignación cristiana, dando el primer grito en nombre de la libertad del Nuevo Mundo. Esto provoca que el Rey Fernando II de Aragón, el Católico, y regente de Castilla, reuniera una Junta de teólogos y promulgó, en 1512, las llamadas “Leyes de Burgos”, que fueron el primer intento legal de proteger a los indios. Su sucesor, Carlos V, siguió entregando capitulaciones a los capitanes que debían obrar conforme con los misioneros encargados de autorizar una guerra sólo defensiva y nunca ofensiva. Pero habría de surgir en otro fraile dominico un nuevo enérgico defensor de la causa indígena.

Desde 1515, renuncia a su encomienda Bartolomé de las Casas, toma los hábitos de la orden dominica en 1523, para convertirse en el nuevo paladín contra la opresión de los indios en la Nueva Castilla. Llegó más lejos que Fray Francisco de Vitoria, el cual reconocía varios casos de guerra justa contra los indios, para afirmar que todas las guerras contras los indios eran injustas. La Iglesia Católica mediante la Bula de 1537 se eco de sus denuncias y consideró a los indios seres racionales y libres. Pero el fraile dominico dirigió reiteradas peticiones al Consejo de Indias, que fueron desoídas. Sin permiso regresó en 1540 a la península. En 1542 logra ser escuchado por el Consejo de Valladolid y desde entonces su influjo creció. Es el momento en que Carlos V sufre una crisis de dudas sobre la moralidad y legitimidad del dominio español en América. Convencido de que se trataba de una conquista en mala lid, el arrepentido Carlos V estuvo a punto de abandonar la Nueva Castilla, pero fue el filósofo y jurista Francisco de Vitoria el que lo persuadió alegando el designio sobrenatural, pues si los españoles se retiraban el cristianismo desaparecería de allí. Entonces, Carlos V procede a tranquilizar su conciencia sancionando las llamadas “Leyes Nuevas”, que restringían las encomiendas para autoridades, conquistadores y órdenes religiosas, eliminaba la esclavitud de los indios, evitaba el uso del término “conquista”, prohibía el trabajo obligatorio del indígena, y ordenaba la penetración pacífica de los territorios.

En 1543 se crea el virreinato del Perú y el encargado de promulgar las “Leyes Nuevas” fue el primer virrey Blasco Núñez de Vela. No obstante, lo drástico de las Nuevas Leyes y la oposición que causó llevó a su prontísima revocación por Carlos I el 20 de octubre de 1545. Muerto el primer virrey en la batalla de Iñaquito el 18 de enero de 1546, se tendrá que esperar a que el pacificador Don Pedro La Gasca derrote a las fuerzas rebeldes de Gonzalo Pizarro en las batallas de Guarina en 1547 y en la batalla de Sacsahuanra en 1548. Tras la ejecución de Gonzalo Pizarro y concluida la pacificación se reformó la tributación indígena, se designan visitadores para controlar el tributo, se instala la Real Audiencia de Lima en 1549 y se prohíbe el uso de indios como cargueros. Pero la eliminación del servicio personal del indígena en 1552 por Real Cédula del virrey Antonio de Mendoza provocará la rebelión en el Cusco de Francisco Hernández Girón, el mismo que será finalmente vencido en la batalla de Pucará el 8 de octubre de 1554.

Las Casas censuró las tibias, tardías e insatisfactorias leyes y rechazó el obispado del Cuzco, pero Carlos V le nombró en 1543 obispo de Chiapas, Guatemala, para que pusiese en práctica sus teorías. El recibimiento que le dispensaron fue hostil, las encomiendas no se suprimieron y en el Perú provocó la sublevación abierta de Gonzalo Pizarro. En su diócesis dispuso dar libertad a los esclavos indios y obligar al encomendero a restituirles todos los tributos percibidos. Su obispado sólo duró unos meses, en 1546 pasó a México con nuevo escándalo y rechazo por parte de los colonos. Hasta que en 1547 emprende su regreso definitiva a la Península. Lleno de descrédito se retiró en el convento de San Gregorio de Valladolid. Es el momento en que Carlos V dispone la discusión pública en Valladolid, en 1550-51, con el cronista regio Ginés de Sepúlveda defensor de la guerra abierta contra los indios. El Consejo de Indias y otros jueces votaron a favor de Sepúlveda. Sus más allegados misioneros le escribieron defendiendo la encomienda. Desilusionado y amargado renunció a su obispado, muriendo el Apóstol de los Indios en Madrid en 1566. No es muy difícil imaginar las ideas que cruzarían por la mente del gran dominico a la hora de su agonía, sería una rogativa al Padre celeste por solucionar la opresión sobre sus queridos indios.

Dejaba el Reino del Perú cuyo eje de su nueva realidad sería la convivencia de la sociedad indígena con la cultura hispana, la sociedad y la economía autóctona se alteró, fue el fin de su autonomía y el comienzo de su dependencia de la monarquía española. Su aculturación incorporó los elementos nuevos de la lengua, vida cotidiana y cristianización. Surge la unión biológica de ambas razas o mestizaje, que provocaría la transformación recíproca del indio, negro y blanco. Subsistiría el curaca, la mita, el ayllu, el ayni, la minka, la explotación económica prehispánica y las lenguas nativas; pero se perderían su escritura, arquitectura pétrea, acueductos, puentes, tambos, su desarrollado conocimiento cosmoastronómico, experimentación agrícola,  conocimiento de plantas y sus usos medicinales, técnica de riego, entre otros[2]. Pero lo más importante que se perdería y que sería muy echado de menos por la masa indígena, sería el buen gobierno y la justicia social.

La cultura hispana no absorbió la cultura indígena, la dominó pero no la dirigió. Expresión palmaria de este encuentro entre dos ricas y grandes culturas fue la formación de una religiosidad cristiana sincrética con expresiones mestizas en el culto y en el arte. Aparece algo totalmente nuevo, ni indígena ni español, que hunde sus raíces en ambos. A esto contribuyó la obra de Las Casas, detuvo en gran medida la furiosa explotación de las encomiendas, sin la cual la tasa de mortalidad y natalidad indígena no se habría recuperado, y el mundo “occidental” se hubiese implantado sin resistencia.
Su obra, Brevísima relación de la destrucción de las Indias, fue publicada ilegalmente en 1552 y divulgada por toda Europa durante todo el siglo XVII, en más de medio centenar de ediciones. Este libro es considerado como el primer informe sobre los derechos humanos, precedente del derecho anticolonial y contribuyó a la humanización del régimen español en América. Más también es una nueva visión de interpretación de la realidad peruana. Su obra fue nutrida por la Apologética historia sumaria, que también alimentó la obra de Pedro Cieza de León, del fraile misionero, lingüista quechua y etnólogo, Domingo de Santo Tomás (1499-1570). Las Casas es considerado precursor del pensamiento lascaciano que defendía la plena racionalidad de los indios.

En realidad, tras la defensa de la racionalidad y humanidad del indio está el humanismo teológico, que bebe especialmente de la fuente poderosa de la doctrina de santo Tomás de Aquino, y considera a la persona humana tanto en su dimensión humana como divina. La ley civil no puede estar sobre la ley moral y la ley divina. Por tanto, la razón, la justicia y la libertad son sólo medios, porque el fin supremo es el amor. Sin amor no hay verdadera elevación hacia la intersubjetividad, sin ella la otredad es objetividad. La persona humana recibe su dignidad de Dios, porque su fundamento es el amor mismo. Y estas verdades salían a relucir en la Nueva España ante la ineludible necesidad de afrontar la otredad del indio.

El combate contra el régimen de las encomiendas suscitó el debate fundacional sobre la humanidad del indio y sentó la base de la esencia de la filosofía de la Conquista, rotulando el derrotero crucial de la filosofía colonial y de toda la filosofía peruana, a saber, la otredad no es una objetividad, es un prójimo. Pero si la encomienda fue limitada en cambio la mita prosperaba, y a su través la explotación forzada del indio, la cual paulatinamente fue amainada por la del negro. La suerte del indio sin genealogía cambió poco en la Colonia, mas no así la del Curaca que supo mantener sus privilegios.

Fue Fernando el Católico (1452-1516) el que trazó el plan de una monarquía universal española, mandó traducir el derecho español[3] en lengua de los indios para que lo comprendiesen y pudieran mejor defenderse, y el descubrimiento de la Indias fortaleció su hazaña conquistadora. Y fue Isabel la Católica (1474-1504), la mujer más fascinante de la historia de España, la que defendió primero a los indios. Se cuenta que la reina de Castilla se desconcertó cuando escuchó de Colón que debían venderse como esclavos a los indios. A lo cual se opuso, pues en su parecer sostenía que los indígenas debían ser considerados hombres libres y súbditos de la Corona. Citó a una Junta de letrados y el veredicto fue contrario a que fuesen vendidos, lo que hizo que muchos de los indios fuesen rescatados y devueltos libres a su tierra. Su esposo, Fernando II de Aragón, la apoyó.

Pero fueron Carlos V y Fernando II los que tuvieron que hacer frente al gran debate sobre la humanidad del indio y la promulgación de nuevas leyes para su protección. Felipe III en su reinado (1598-1621) heredó los resultados del debate contra la encomienda y tuvo que proseguir la política de protección legal del indio. Sin embargo, bajo su reinado se desarrolló y administró el ciclo de la plata, con lo que implantó el sistema mercantilista basado en la gran minería del Potosí, que sometió al indio a la infrahumana explotación bajo el sistema de trabajo obligatorio y forzado de la mita. El inmenso prejuicio sobre la población indígena obligó a la Corona a llevar esclavos negros al Virreynato. Las Casas también dejó escritos a favor de la dignidad humana del negro, pero la presión económica del mercantilismo se encargó de mantenerlo al margen del debate. Por su parte, las rebeliones de los mitayos eran ahogadas a sangre y fuego, y se calcula que hasta quince mil indios entre 1545-1625 hayan perecido en las mismas. También hubo muchos abusos de malos curas doctrineros en los pueblos de indios, como consta en una real cédula del 11 de noviembre de 1580 consultando al virrey Toledo acerca de la denuncia del Cabildo limeño de dichas iniquidades.

No obstante, Fernando III tuvo que seguir recibiendo continuos memoriales del procurador Juan Ortiz de Cervantes a favor de la perpetuidad de las encomiendas, para impedir que los abusos de los corregidores ocasionaran la extinción de los indios, cuando era virrey del Perú el Príncipe de Esquilache, el cual había favorecido la reglamentación de los repartimientos para evitar inútilmente los perjuicios contra los indios. Prácticamente y de forma paradójica lo que al indio se le reconocía frente a la encomienda se le negaba en la mita. Y el motivo de fondo era el desfase existente entre las nuevas ideas sobre los derechos humanos y las prácticas económicas basadas en la explotación tributaria del indio. El divorcio entre lo dictado por la fe cristiana y lo conveniente a la Corona española, no sólo proseguía sino que se ahondaba y a lo largo del Virreynato sería fuente de continuas y serias controversias e incluso confrontaciones entre el poder civil y el poder religioso. De ahí surgirían los experimentos pre-socialistas de los jesuitas en el siglo XVII y XVIII, que no serían tolerados por la Corona española y que culminarían en su expulsión de 1767[4].

Así, es erróneo y falso que la filosofía peruana durante la Colonia era la imitación simiesca de la neoescolástica española y menos de la escolástica de la Edad Media. Es crucial que la primera etapa de la filosofía novohispana coincida con la Contrarreforma (1560-1648) impulsada por el Papa Pio IV y apoyada vigorosamente por el Imperio de España  El reformismo católico basado en el Derecho Canónico, las encíclicas papales, la Inquisición y el índice de libros prohibidos, impulsó en el Nuevo Mundo no sólo el arte con decoración barroca para hacer más atractiva la liturgia, los ritos y las celebraciones festivas, sino que moldeó el humanismo teológico y el reinado de la antropología teológica del indio, que impulsó la doctrina humanista de los derechos del aborigen.

La revolución cultural que provocó la Contrarreforma en el Viejo Mundo si bien provocó la confrontación el heliocentrismo de Copérnico y Galileo, en el Nuevo Mundo, en cambio, tuvo un efecto benéfico sobre el problema candente de la España Imperial, al robustecer la dominica tendencia humanista de defensa del indio. Y los padres dominicos Valverde y Solano destacarían en este sentido.

Lima, Salamanca 29 de Junio 2014



[1] Cfr. Silvio Zavala, Programa de Historia de América en la época colonial, México, FCE, 1961; L. Hanke, La lucha por la justicia en la conquista de América, Madrid, Espasa Calpe, 1959; Waldemar Espinoza Soriano, La destrucción del imperio de los Incas, Lima, Amaru Editores, 1990; V Centenario. Debate y deslinde, varios autores, Lima, Editorial Proa 1992.
[2] Son abundantes las investigaciones que enfatizan la armonía entre el hombre precolombino y la naturaleza respetando los ritmos del cosmos. Cfr. Carlos Milla Villena, Ayni, semiótica de los espacios cerrados. Ley de reciprocidad, Asociación Cultural Amaru Wayra, Lima 2007; Alberto Regal Matienzo, Los caminos del inca en el Perú Antiguo, INC, Lima 2009;  Manassés Fernández Lancho, Escritura Incaica, UNFV, Lima 2001; William Burns Glynn, El legado de los Amautas, Lima 1990; Ignacio Frisancho Pineda, Historia del desarrollo científico y tecnológico en el Altiplano peruano, Concytec, Lima 1989; Santiago Antúnez de Mayolo, Genética precolombina y la actualidad, I Encuentro Latinoamericano de sicoprofilaxia obstétrica, Lima 1999; Varios autores, El mundo andino en la época del descubrimiento, Concytec, Lima 1990; Fredy Salinas Meléndez, Cosmogonía andina [y la actualidad], Lima 2003.
[3] Un breve comentario sobre la temática del derecho merece recordar que para Basadre la realidad andina no era ajena al campo del derecho. José León Barandiarán pensaba que la tiranía inca no permite hablar de derecho donde sólo había un sistema de obligaciones y mercedes. Para Santiago Antúnez de Mayolo se trató de un despotismo culto que implica derechos y obligaciones. Malinowski habla de una noción de derecho autónoma.  Para Trazegnies el concepto de derecho debe ser en cada caso redefinido. En todo caso fueron los Borbones los que afirmaron en el derecho los criterios territoriales sobre los criterios étnico-demográficos en el Perú colonial.
[4] Cfr. Jeffrey Klaiber, Los jesuitas en América Latina, 1549-2000: 450 años de inculturación, defensa de los derechos humanos y testimonio profético, Lima, Universidad Ruíz de Montoya, 2007.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.